¿En el proceso de prescripción adquisitiva de dominio puedo incluir la construcción?

Hemos publicado varios artículos en relación a la prescripción adquisitiva de dominio, en los que te explicamos de manera detallada todo el proceso, las implicancias del mismo y hasta un análisis de los requisitos que debes presentar, tanto técnicos como legales para que puedas conseguir el objetivo en la menor cantidad de tiempo.

En esta oportunidad abordamos este apasionante tema desde una óptica integral, dado que, al regularizar solo la propiedad del terreno en el Registro de Propiedad Inmueble de SUNARP, estas dejando de lado la construcción, en la cual también has invertido una suma de dinero considerable, dado que posteriormente deberás de realizar algún otro procedimiento conducente a la inscripción de la fábrica, normalmente a través de la ley N° 27157, “Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común” y su reglamento.

Pero ¿es factible en el mismo proceso en el que se solicita la prescripción adquisitiva del terreno regularizar la construcción para que cuentes con la declaratoria de fábrica debidamente inscrita en la partida registral independizada?, la respuesta es sí, sin embargo, por un tema económico o de por el mayor grado de complejidad que se afronta al solicitar la prescripción del terreno y la construcción, muchos deciden prescribir solo el terreno y dejar la regularización de la fábrica para una etapa posterior.

En sí, para la regularización de la fábrica aparte de los requisitos solicitados para la prescripción adquisitiva de dominio de un terreno -cuyo detalle podrás encontrarlo en nuestros artículos previos-, se requiere de la presentación de: i) formulario registral suscrito por ingeniero o verificador inscrito en la SUNARP, ii) planos de arquitectura con la distribución de la construcción, iii) certificado de parámetros urbanísticos e iv) informe técnico de verificación suscrito por arquitecto o ingeniero verificador de la SUNARP. De esta manera también se podrá inscribir la construcción edificada sobre el terreno y en un solo proceso obtendrás la regularización total de tu inmueble en los Registros Públicos.

Por lo tanto, si es posible realizar el saneamiento completo de la propiedad inmueble en un mismo proceso y solo dependerá de tus necesidades particulares, a fin de que determines el costo/beneficio de una mayor inversión sobre la regularización de la propiedad en un menor tiempo con el valor agregado de que al estar registrada en SUNARP toda la inversión tanto en el terreno como en la construcción, podrás obtener un mejor precio de venta o en su defecto gozar de la seguridad jurídica que te brinda el tener una propiedad inscrita en los Registros Públicos.

Por último, debes saber, que en ACOMAF Solución Legal, contamos con un equipo altamente capacitado y con la experiencia de más de 10 años en esta rama del derecho, con lo cual podrás obtener la mejor asesoría y consultoría legal que requieras, en caso afrontes algún inconveniente o problema relacionado con el regularización del derecho de propiedad.