¿Cómo se relaciona el derecho registral con el derecho notarial?

En las siguientes líneas intentaremos que de una manera clara y precisa entiendas la relación existente entre estas dos importantes ramas del derecho, desde la perspectiva del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, que es uno de los registros más relevantes, en el que de una u otra manera en algún momento de la vida, todos estaremos atentos para que nuestro derecho de propiedad finalmente tenga acogida registral.
Los actos jurídicos, que son comportamientos que tienen una relevancia legal, ósea, que a partir de ellos existen consecuencias que crean, regulan, modifican o extinguen relaciones jurídicas, según el art. 140° del Código Civil, es el punto de partida de esa acción que posteriormente tocará las puertas de los registros públicos para que sean inscritos y conocidos por terceros.
Es así, que en las transferencias de propiedad de un bien inmueble, previamente inscrito, como son: 1. Compraventa, 2. Donación y 3. Anticipo de legitima, entre otros, en primer término se efectúa una minuta, que es el documento privado, en el cual, las partes intervinientes pactan o acuerdan las condiciones de esa transferencia, la misma que posteriormente debe elevarse a escritura pública para que conste en el registro protocolar del notario respectivo, luego de lo cual, este, emitirá el parte a SUNARP, para que se inscriba esa transferencia de propiedad en el Registro de Propiedad Inmueble.

Si bien es cierto, que según el artículo 949° del Código Civil: “la sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace acreedor al propietario de él”, indicándose que es a través de la sola voluntad de las partes que se realiza la transferencia de un bien inmueble, no requiriéndose para ese fin ninguna formalidad específica, ni mucho menos la inscripción registral, como somos testigos, en nuestro país, se recomienda que se inscriba la transferencia de propiedad de un inmueble con el fin de tener una mayor seguridad jurídica y para que tu derecho de propiedad sea oponible a terceros. Ahora bien, en el caso de la donación y anticipo de legitima, si existe una formalidad de que ambos actos deban constar por escritura pública, pero, como se indica, en estos casos también la inscripción registral es facultativa, dado que la inscripción no es parte de la constitución del derecho de propiedad de bienes inmuebles. En nuestro país la inscripción de la propiedad inmueble es declarativa y no constitutiva de derechos.
Dicho esto y habiendo esbozado como en la práctica se da la relación entre el derecho registral y notarial, es necesario que señalemos algunos aspectos adicionales relevantes, para que puedas ver con mayor detalle, que ambas ramas del derecho trabajan de manera complementaria para poder asegurarte una adecuada adquisición del derecho de propiedad, evitando sorpresas que ocurren lamentablemente, cuando existe demasiada informalidad, o cuando el sistema puede ser burlado por personas que actúan al margen de la legalidad.
Todo el ámbito de ejercicio del derecho registral, procura que el sistema permita el ingreso al registro de los derechos correspondientes, calificando cada una de las rogatorias según las normas sobre la materia, el código civil, reglamentos de inscripciones, etc., esto con la finalidad de que las inscripciones estén regidas por criterios de legalidad y razonabilidad, creando un registro confiable y seguro para todos los usuarios.
Para eso, antes de la inscripción, el notario, el juez o la entidad administrativa, que solicita la inscripción del derecho de propiedad debe haber cumplido con las formalidades correspondientes, estableciéndose criterios que en su momento deberán ser revisados y analizados por el registrador, al momento de la calificación del título, a fin de que la rogatoria pueda inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP.

Debes saber, que en ACOMAF Solución Legal, contamos con un equipo altamente capacitado y con la experiencia de más de 10 años en esta rama del derecho, con lo cual podrás obtener la mejor asesoría y consultoría legal que requieras, en caso afrontes algún inconveniente o problema relacionado al derecho registral y notarial.